Propuesta de Reglamento del Registro Nacional de Inspectores Técnicos de Obra

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Descripción de la consulta

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo en el contexto de sus funciones habituales invita a la ciudadanía a participar en la consulta pública de la propuesta del Reglamento del Registro Nacional de Inspectores Técnicos de Obra (ITO), creado en virtud de la entrada en vigencia de la Ley 20.703.  

Ley N° 20.703 que crea y regula el Registro Nacional de Inspectores Técnicos de Obra (ITO), incorporó modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, estableciendo en el artículo 143° la obligación que durante la ejecución de una obra de los edificios de uso público y aquellos que determine la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, cuenten con un inspector técnico de obra debidamente inscrito en un Registro, el cual dependerá del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Es en este contexto, que se crea este nuevo Reglamento.

La propuesta de Reglamento que regula el Registro de los ITO contempla los siguientes títulos:

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

TITULO II DE LAS OBLIGACIONES DEL INSPECTOR TECNICO DE OBRAS Y CAMPO DE APLICACIÓN DE SU LABOR.

TITULO III DE LAS CATEGORÍAS Y DE LOS REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN.

TÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO.

TITULO V OTRAS MATERIAS.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Encontrará tanto el documento en consulta "DS_RTO ITO Consulta Pública" como otros antecedentes en documentos adjuntos de esta consulta.

Para ingresar observaciones, además de usar el área de texto, puede utilizar también el documento "Ingreso_Observaciones_Reglamento_ITO".

Fechas

Plazos de inicio de la consulta:16 de Junio 2025
Fecha término de la consulta: 15 de Julio 2025
Publicación de Contribuciones recibidas y respuestas del Ministerio: 22 de Septiembre 2025
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