A continuación se presenta la propuesta de Decreto Supremo que modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), cuyo objetivo es actualizar sus disposiciones, a las disposiciones que en esta materia fueron establecidas por la Ley N° 21.075 sobre que regula la recolección, reutilización y disposición de Aguas Grises, publicada en el Diario Oficial el 15 de febrero de 2018.
Conforme a lo dispuesto por esta ley, los principales objetivos de esta modificación son:
- Determinación de las edificaciones que deben contar con sistemas de reutilización de aguas grises, en consideración a la ubicación geográfica, déficit de recursos hídricos, carga de ocupación y/o uso potencial del agua; para los efectos de propender a la utilización eficiente de los recursos hídricos en las edificaciones, especialmente de aquellas emplazadas en el norte del país.
- Reglamentar las condiciones de emplazamiento y características generales de diseño de las plantas de tratamiento de los sistemas de reutilización de aguas grises que se incorporen en proyectos de edificación y/o proyectos de loteo.
- Establecer los requisitos que los proyectos que contemplen sistemas de reutilización de aguas grises deberán considerar para los efectos de la obtención de permisos de edificación y/o loteo y las respectivas recepciones definitivas.
- Definir la entrada en vigencia de esta normativa que, a su vez, debe coordinarse con el Reglamento que dictará el Ministerio de Salud, señalado en el artículo 3 de la Ley N° 21.075.
Consulta Simplificada
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución Ex. N° 3.288, (V. y U.), de 2015, y considerando que la comprensión del contenido de la modificación propuesta requería de conocimientos técnicos y/o especializados, la propuesta de modificación a la OGUC se sometió a una consulta simplificada entre los días 11 y 24 de enero del año 2019, para lo cual se invitó a diversas organizaciones y profesionales vinculados a las materias tratadas, pudiendo suministrar antecedentes que contribuyeran a su perfeccionamiento, quienes contaron en total con seis días hábiles pare enviar sus observaciones, propuestas y contribuciones.
Se invitó a participar a diversos profesionales, colegios profesionales y organismos que a continuación se indican:
- Ministerio de Salud. Subsecretaría de Salud Pública.
- Ministerio de Obras Públicas. Dirección de Arquitectura.
- Ministerio del Medio Ambiente
- Superintendencia de Servicios Sanitarios.
- Universidad de Santiago. Departamento de Obras Civiles.
- Universidad de Chile. Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas.
- Universidad Diego Portales. Facultad de Arquitectura.
- Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
- Fundación Andes.
- Fundación Chile.
- Asociación de Directores de Obras Municipales de Chile.
- Asociación de Revisores Independientes de Chile
- Asociación de Oficinas de Arquitectos de Chile A.G.
- Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios.
- Instituto de Ingenieros de Chile.
- Colegio de Arquitectos de Chile.
- Cámara Chilena de la Construcción.
- IFARLE - Ingenieros Consultores
- Efis Ltda.