Ministerio de Vivienda y Urbanismo
En el marco del Acuerdo Climático de Paris, el Gobierno de Chile adquirió el compromiso de reducir al año 2030, en un 30% sus emisiones de CO2 por unidad de PIB con respecto al nivel alcanzado en 2007.
Desde el punto de vista de la construcción, una de las principales medidas a tomar corresponde al mejoramiento térmico de las edificaciones, lo que permite generar beneficios económicos, sociales y medioambientales que contribuyen a mejorar la calidad de vida, permitiendo alcanzar temperaturas de confort y calidad del aire al interior de las viviendas; alcanzar condiciones adecuadas para un ambiente saludable; disminuir el consumo energético, contribuyendo al ahorro en gastos de calefacción; disminuir el consumo de leña, lo que implica, de forma consecuencial, la disminución de la emisión de material particulado al ambiente (prevención y descontaminación atmosférica); prevenir la aparición de patologías constructivas asociadas a humedad por condensaciones, aumentando la vida útil tanto en calidad como durabilidad de las construcciones; y disminuir los gastos en mantenimiento y costos de post-venta.
La propuesta de actualización del artículo 4.1.10. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones se enmarca en los parámetros actuales de la Reglamentación Térmica vigente aplicables en las áreas en las que se aplican las normas de Planes de Descontaminación Atmosférico PDA, y consiste en un aumento de las exigencias y estándares vigentes para vivienda, junto con la incorporación de exigencias a otros destinos, abordando de manera integral los elementos de la envolvente térmica de las edificaciones cuyos destinos se mencionan. Todo lo anterior permitirá alcanzar una reducción del 30% en la demanda de energía en calefacción (promedio país).
En la minuta adjunta se resumen sus principales modificaciones.
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